Preguntas Habituales de Clientes

Respondemos las consultas más usuales sobre etapas de diseño, trámites y costos de obra.

A continuación reunimos las dudas más comunes que surgen antes de contratar los servicios profesionales de arquitectura, dirección de obra y gestión edilicia.

1. ¿Cómo se regulan los honorarios del arquitecto en Argentina?

Los honorarios se establecen sobre la base arancelaria del Consejo Profesional de Arquitectura y Urbanismo (CPAU) para la Ciudad de Buenos Aires y del Colegio de Arquitectos de la Provincia de Buenos Aires (CAPBA). Se calculan habitualmente como un porcentaje del costo total de la obra civil o mediante suma fija acordada por etapas entregables.


2. ¿Cuánto tiempo demanda el desarrollo del proyecto ejecutivo?

Para una vivienda de 250 a 400 m², la etapa de anteproyecto suele tomar entre 4 y 6 semanas de intercambio con el comitente. El proyecto ejecutivo completo (planos estructurales, instalaciones y pliegos) demanda entre 8 y 12 semanas adicionales.


3. ¿El estudio gestiona los permisos municipales de construcción?

Sí. Nos ocupamos de la presentación de expedientes de obra ante la Dirección General de Registro de Obras y Catastro (DGROC) del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires o las secretarías de obras particulares de los municipios de la Provincia de Buenos Aires.


4. ¿Qué diferencia existe entre anteproyecto y dirección de obra?

El anteproyecto y proyecto ejecutivo es el diseño intelectual, técnico y gráfico del edificio (planos y especificaciones). La dirección de obra es la supervisión física y periódica en el terreno para verificar que los constructores ejecuten la obra fielmente según esos planos.


5. ¿Cómo se contratan los gremios y cuadrillas de construcción?

El comitente puede optar por contratar una empresa constructora general ("llave en mano") o mediante contrataciones separadas por gremios (albañilería, plomería, yesería, electricidad) coordinadas bajo la dirección técnica del estudio, lo que otorga mayor control de costos.


6. ¿Qué cobertura legal y seguros deben poseer los contratistas?

Exigimos obligatoriamente seguro de Riesgos del Trabajo (ART) con cláusula de no repetición a favor del comitente y del estudio, seguro de Responsabilidad Civil hacia terceros linderos y cumplimiento de las normas de Seguridad e Higiene Laboral (Ley 19.587).

¿Tiene alguna consulta puntual sobre su terreno o edificio?

Escríbanos o llámenos a nuestra sede de Recoleta para analizar su caso con un arquitecto.

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